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Calculadora de la prueba de presencia sustancial

El IRS te considera residente fiscal de EE. UU. si estás presente 31 días o más este año y 183 en un total ponderado de tres años (este año + ⅓ del año pasado + ⅙ del anterior). Introduce tus días abajo para comprobarlo. Gratis, sin necesidad de cuenta.

Días de presencia en EE. UU.

Introduce el número de días que estuviste físicamente presente en Estados Unidos en cada uno de los últimos tres años.

Introduce tus días arriba para ver si cumples la prueba de presencia sustancial.

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Cómo funciona la prueba de presencia sustancial

La prueba tiene dos partes y debes superar ambas. Primero, el umbral de los 31 días: necesitas al menos 31 días de presencia en el año en curso. Segundo, el total ponderado: cuenta todos los días de este año, un tercio de los días del año pasado y un sexto de los días de hace dos años. Si esa suma llega a 183 y has superado el umbral de los 31 días, eres residente de EE. UU. a efectos fiscales.

La ponderación es la razón por la que las visitas cortas frecuentes se acumulan: 120 días al año durante tres años son 120 + 40 + 20 = 180 — justo por debajo. Un viaje más y te pasas. Algunos días están exentos (ciertos estudiantes, profesores y situaciones médicas), y la excepción de conexión más estrecha o un convenio pueden anular el conteo — así que trata un resultado de «cumples la prueba» como un motivo para obtener asesoramiento profesional.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la prueba de presencia sustancial?

La prueba de presencia sustancial es la prueba de conteo de días del IRS para determinar si una persona que no es ciudadana es residente de EE. UU. a efectos fiscales. La cumples si estás presente al menos 31 días en el año en curso y 183 días en un total ponderado de tres años.

¿Cómo se calcula el total ponderado de 183 días?

Suma todos tus días del año en curso, más un tercio de tus días del año anterior, más un sexto de tus días de hace dos años. Si ese total es 183 o más — y tienes al menos 31 días en el año en curso — cumples la prueba.

¿Qué es el mínimo de 31 días?

Aunque tu total ponderado de tres años llegue a 183, solo cumples la prueba de presencia sustancial si estuviste presente al menos 31 días en el año en curso. Menos de 31 días en el año en curso significa que no la cumples, sin importar los años anteriores.

¿Qué días no cuentan?

El IRS excluye ciertos días — por ejemplo, los días como persona exenta (algunos estudiantes, profesores y diplomáticos), los días en que no pudiste salir por una condición médica y ciertos días desplazándote desde Canadá o México. Esta calculadora no contempla esas excepciones.

¿Cumplir la prueba me convierte en residente fiscal de EE. UU.?

Por lo general, sí, salvo que se aplique una excepción. La excepción de conexión más estrecha y las reglas de desempate de los convenios fiscales aún pueden hacerte no residente aunque cumplas el conteo de días. Esto es una herramienta de cribado, no asesoramiento fiscal.

No es asesoramiento fiscal. Esta herramienta aplica la prueba de presencia sustancial básica y no contempla los días exentos, la excepción de conexión más estrecha ni los desempates de los convenios. Confirma tu situación con el IRS o con un asesor fiscal estadounidense cualificado.

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